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Artículo 2537 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El posadero (el dueño o encargado de un hotel, mesón o casa de hospedaje) sigue siendo responsable aunque tenga letreros en su negocio que digan que no se hace responsable. Tampoco vale ningún acuerdo que él haga con los clientes para reducir o cambiar esa responsabilidad. Es decir, aunque ponga avisos o intente hacer un trato para librarse, la ley no le permite quitarse la responsabilidad que tiene con sus huéspedes. Cualquier intento de eso no tiene validez legal.

Texto oficial

ARTÍCULO 2,537.- El posadero no se exime de la responsabilidad que le imponen los dos artículos anteriores por avisos que ponga en su establecimiento para eludirla. Cualquier pacto que celebre, limitando o modificando esa responsabilidad, será nulo.

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 377) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.