Artículo 255 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si te casaste de buena fe (creyendo que todo estaba en orden), aunque después el matrimonio se declare nulo, tú y tu pareja tienen los mismos derechos que cualquier matrimonio válido mientras estuvieron casados. Para tus hijos, esos beneficios duran para siempre, sin importar que el matrimonio se anule. Esto significa que los hijos conservan derechos como herencia o pensión alimenticia. En pocas palabras, ser "de buena fe" protege a la familia aunque el matrimonio no sea legal.
Texto oficial
ARTÍCULO 255.- El matrimonio contraído de buena fe, aunque sea declarado nulo, produce todos sus efectos civiles en favor de los cónyuges mientras dure; y en todo tiempo, en favor de sus hijos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.