Artículo 2558 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si el jefe (mandante), su representante (mandatario) y la persona que hizo negocios con este último sabían que estaban haciendo algo malo o con mala intención (mala fe), entonces ninguno de ellos puede quejarse después de que el acuerdo no se haya hecho por escrito o con las formalidades necesarias. En otras palabras, si todos actuaron de manera deshonesta, ya no les sirve decir "es que no estaba firmado" para librarse del trato. Esto aplica solo cuando los tres sabían que estaban haciendo algo incorrecto.
Texto oficial
ARTÍCULO 2,558.- Si el mandante, el mandatario y el que haya tratado con éste, proceden de mala fe, ninguno de ellos tendrá derecho de hacer valer la falta de forma del mandato.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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