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Artículo 2562 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que si alguien te da poder para actuar en su nombre (mandante), tú como mandatario debes seguir al pie de la letra lo que te ordenó. No puedes hacer nada que vaya en contra de lo que te dijo de manera clara y directa. O sea, si te prohibió algo específico, ni se te ocurra hacerlo.

Texto oficial

ARTÍCULO 2,562.- El mandatario, en el desempeño de su encargo, se sujetará a las instrucciones recibidas del mandante y en ningún caso podrá proceder contra disposiciones expresas del mismo.

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 381) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.