Artículo 2586 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para darte un poder legal en un juicio (mandato judicial), se necesita hacer un documento oficial ante notario (escritura pública) o escribir un papel y presentarlo personalmente al juez para confirmar que es tuyo. Si el juez no te conoce, te va a pedir testigos que comprueben quién eres. Si después quieres pasarle ese poder a otra persona (substitución), tienes que hacer el mismo trámite que usaste al principio.
Texto oficial
ARTÍCULO 2,586.- El mandato judicial será otorgado en escritura pública, o en escrito presentado y ratificado por el otorgante ante el juez de los autos. Si el juez no conoce al otorgante, exigirá testigos de identificación. La substitución del mandato judicial se hará en la misma for- (sic) que su otorgamiento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.