Artículo 2595 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El mandato (que es cuando le das permiso a alguien para actuar en tu nombre) se acaba por varias razones. Una, porque tú, como la persona que dio el permiso, ya no quieres y lo revocas (es decir, lo cancelas). Otra, porque la persona que aceptó el permiso renuncia a él. También termina si tú o esa persona se mueren, o si a alguno de los dos un juez les quita la capacidad de manejar sus asuntos (a eso se le llama interdicción). Por último, el mandato se acaba cuando llega la fecha límite que acordaron o cuando ya se cumplió el asunto para el que lo habías dado, además de otros casos especiales que mencionan otros artículos de la ley.
Texto oficial
ARTÍCULO 2,595.- El mandato termina: I.- Por la revocación; II.- Por la renuncia del mandatario; III.- Por la muerte del mandante o del mandatario; IV.- Por la interdicción de uno u otro; V.- Por el vencimiento del plazo y por la conclusión del negocio para el que fue concedido; VI.- En los casos previstos por los artículos 670, 671 y 672.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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