Artículo 2597 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si le diste a alguien permiso para hacer tratos con una persona específica y luego le quitas ese permiso (revocas el mandato), tú tienes la obligación de avisarle directamente a esa persona que ya no tienes ese acuerdo con tu representante. Si no le avisas, seguirás siendo responsable de todo lo que tu representante haga con ella después de que le quitaste el permiso. Pero esto solo aplica si esa persona actuó de buena fe, o sea, sin saber que ya le habías retirado el poder a tu representante.
Texto oficial
ARTÍCULO 2,597.- Cuando se ha dado un mandato para tratar con determinada persona, el mandante debe notificar a ésta la revocación del mandato, so pena de quedar obligado por los actos del mandatario ejecutados después de la revocación, siempre que haya habido buena fe de parte de esa persona.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.