Artículo 2598 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si le das permiso a alguien (el mandatario) para hacer negocios por ti (como mandante), tienes derecho a pedirle que te devuelva el papel donde le diste ese poder, además de todos los documentos que usó para hacer el trabajo que le encargaste. Pero si no te preocupas por recuperar esos papeles, y otra persona (tercero) de buena fe sale perdiendo porque todavía cree que tu representante tiene autorización, entonces tú eres el responsable de pagar los daños que le cause a esa persona.
Texto oficial
ARTÍCULO 2,598.- El mandante puede exigir la devolución del instrumento o escrito en que conste el mandato, y todos los documentos relativos al negocio o negocios que tuvo a su cargo el mandatario. El mandante que descuide exigir los documentos que acrediten los poderes del mandatario, responde de los daños que puedan resultar por esa causa a terceros de buena fe.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.