Artículo 2599 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si le encargas a otra persona el mismo asunto que ya le habías encargado a alguien más, el primer encargo queda automáticamente cancelado desde el momento en que le avises al primer representante que ya designaste a otro. Solo cuenta cuando le dices directamente al primero que ya hay un nuevo encargado.
Texto oficial
ARTÍCULO 2,599.- La constitución de un nuevo mandatario para un mismo asunto, importa la revocación del primero, desde el día en que se notifique a éste el nuevo nombramiento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.