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Artículo 2664 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El contrato de viaje o transporte se cancela automáticamente si antes de empezar el viaje, o durante el mismo, pasa algo que nadie pudo haber evitado, como un terremoto o una tormenta muy fuerte, que haga imposible hacer el viaje o seguirlo. A eso se le llama "fuerza mayor", que son cosas fuera del control de todos, como desastres naturales o accidentes graves. No necesitas pedir permiso ni ir a un juzgado para que se cancele, simplemente ya no se puede cumplir.

Texto oficial

ARTÍCULO 2,664.- El contrato de transporte se rescindirá de hecho antes de emprenderse el viaje, o durante su curso, si sobreviniere algún suceso de fuerza mayor que impida verificarlo o continuarlo. (FE DE ERRATAS PUBLICADA EN EL DOF EL 21 DE DICIEMBRE DE 1928)

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 394) ↗

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