Artículo 2664 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El contrato de viaje o transporte se cancela automáticamente si antes de empezar el viaje, o durante el mismo, pasa algo que nadie pudo haber evitado, como un terremoto o una tormenta muy fuerte, que haga imposible hacer el viaje o seguirlo. A eso se le llama "fuerza mayor", que son cosas fuera del control de todos, como desastres naturales o accidentes graves. No necesitas pedir permiso ni ir a un juzgado para que se cancele, simplemente ya no se puede cumplir.
Texto oficial
ARTÍCULO 2,664.- El contrato de transporte se rescindirá de hecho antes de emprenderse el viaje, o durante su curso, si sobreviniere algún suceso de fuerza mayor que impida verificarlo o continuarlo. (FE DE ERRATAS PUBLICADA EN EL DOF EL 21 DE DICIEMBRE DE 1928)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.