Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_5816/2679
Ley
CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo
2679

Artículo 2679 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres parte de una asociación y se va a votar algo que te beneficie directamente a ti, a tu esposa o esposo, a tus papás, a tus hijos o a tus hermanos, no puedes participar en esa votación. Lo mismo aplica para tus abuelos y nietos. En pocas palabras, si el asunto te toca de cerca por parentesco, te debes hacer a un lado y no votar. Es una regla para evitar que uses tu voto para favorecer a tu familia o a ti mismo.

Texto oficial

ARTÍCULO 2,679.- El asociado no votará las decisiones en que se encuentren directamente interesados él, su cónyuge, sus ascendientes, descendientes o parientes colaterales dentro del segundo grado.

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 396) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.