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Artículo 2679 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres parte de una asociación y se va a votar algo que te beneficie directamente a ti, a tu esposa o esposo, a tus papás, a tus hijos o a tus hermanos, no puedes participar en esa votación. Lo mismo aplica para tus abuelos y nietos. En pocas palabras, si el asunto te toca de cerca por parentesco, te debes hacer a un lado y no votar. Es una regla para evitar que uses tu voto para favorecer a tu familia o a ti mismo.

Texto oficial

ARTÍCULO 2,679.- El asociado no votará las decisiones en que se encuentren directamente interesados él, su cónyuge, sus ascendientes, descendientes o parientes colaterales dentro del segundo grado.

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 396) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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