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Artículo 2688 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Un contrato de sociedad es un acuerdo entre dos o más personas donde se comprometen a juntar dinero, bienes o trabajo para lograr un objetivo en común, que debe ser principalmente económico. Eso sí, ese objetivo no puede ser una simple especulación comercial, como comprar y vender para sacar ganancia fácil. En otras palabras, se juntan para hacer algo productivo, no para apostarle al mercado.

Texto oficial

ARTÍCULO 2,688.- Por el contrato de sociedad los socios se obligan mutuamente a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización de un fin común, de carácter preponderantemente económico, pero que no constituya una especulación comercial.

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 398) ↗

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