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Artículo 2692 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un grupo de personas forma una sociedad (como una empresa o negocio) para hacer algo ilegal, cualquier socio o persona afectada puede pedir que se declare nula, es decir, que no vale legalmente. Entonces, la sociedad se cierra y se va a liquidación, que es cuando se venden sus bienes para pagar lo que debe. Después de pagar todas las deudas, a los socios les devuelven lo que cada uno metió al inicio (como dinero o bienes). Las ganancias que haya dejado el negocio no se reparten entre los socios, sino que se donan a instituciones de beneficencia pública del lugar donde estaba la sociedad.

Texto oficial

ARTÍCULO 2,692.- Si se formare una sociedad para un objeto ilícito, a solicitud de cualquiera de los socios o de un tercero interesado, se declarará la nulidad de la sociedad, la cual se pondrá en liquidación. Después de pagadas las deudas sociales conforme a la ley, a los socios se les reembolsará lo que hubieren llevado a la sociedad. Las utilidades se destinarán a los establecimientos de beneficencia pública del lugar del domicilio de la sociedad.

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 398) ↗

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