Artículo 2714 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si hay varios socios a los que se les encargó la administración sin especificar que deben ponerse de acuerdo, cada uno puede tomar decisiones por su cuenta sin necesidad de consultar a los demás. Esto aplica solo para los asuntos del día a día del negocio que consideren convenientes. En otras palabras, no necesitan juntarse para votar ni pedir permiso entre ellos para actuar. Cada quien puede hacer lo que crea necesario para el manejo de la empresa.
Texto oficial
ARTÍCULO 2,714.- Siendo varios los socios encargados indistintamente de la administración, sin declaración de que deberán proceder de acuerdo, podrá cada uno de ellos practicar separadamente los actos administrativos que crea oportunos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.