Artículo 279 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 279 ya no sirve para nada, se eliminó por completo de la ley. Esto pasó cuando se publicó una reforma en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 29 de noviembre de 2024. En palabras sencillas, ese artículo fue borrado y ya no tienes que preocuparte por lo que decía.
Texto oficial
ARTÍCULO 279.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GOCDMX 29 DE NOVIEMBRE DE 2024)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.