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Artículo 2810 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si le diste una carta de recomendación a alguien, no te harás responsable si puedes demostrar que la persona no te hizo caso a ti para tratar con quien recomendaste. Es decir, si pruebas que tu recomendado actuó por su cuenta y no por tu carta, te libras de cualquier problema. La ley te protege si tienes evidencia de que tu recomendación no fue la causa del negocio o trato.

Texto oficial

ARTÍCULO 2,810.- No tendrá lugar la responsabilidad del artículo anterior, si el que dió la carta probase que no fue su recomendación la que condujo a tratar con su recomendado.

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 413) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.