Artículo 286 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo que ves solo dice que ya no aplica, porque fue eliminado oficialmente. La palabra "derogar" significa que esa ley dejó de tener efecto, como si la borraran de los libros. Esta modificación se publicó el 29 de noviembre de 2024 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. En pocas palabras, ya no existe ese artículo y no tienes que preocuparte por lo que decía.
Texto oficial
ARTÍCULO 286.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GOCDMX 29 DE NOVIEMBRE DE 2024)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.