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Artículo 2907 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Imagina que prestaste dinero y te dieron una casa como garantía (hipoteca). Si esa casa, por cualquier razón (aunque no sea culpa de quien la debe), pierde valor y ya no alcanza para cubrir la deuda, el prestamista puede pedirte que la refuerces. Eso significa que tienes que poner más bienes o dinero para que, según expertos, la garantía vuelva a ser suficiente.

Texto oficial

ARTÍCULO 2,907.- Si el inmueble hipotecado se hiciere, con o sin culpa del deudor, insuficiente para la seguridad de la deuda, podrá el acreedor exigir que se mejore la hipoteca hasta que a juicio de peritos garantice debidamente la obligación principal.

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 426) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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