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Artículo 2939 TER del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Hipoteca Inversa es un préstamo que un banco te da si eres una persona mayor de 60 años. A cambio, tú pones tu casa como garantía. El banco te paga una cantidad de dinero que ya está acordada desde el principio, y ese dinero puede ser para ti o para tu esposo(a) o pareja, siempre y cuando también tenga 60 años o más. Puedes recibir ese pago de dos maneras: todo de golpe o en partes cada cierto tiempo, hasta que se acabe el dinero prestado.

Texto oficial

Artículo 2,939 TER.- Contrato de Hipoteca Inversa es aquel por el cuál la entidad financiera se obliga a pagar una cantidad de dinero predeterminada a la persona adulta mayor o a su beneficiario que deberá ser su cónyuge, concubina o concubinario de edad igual o superior a los 60 años; ya sea en una sola exhibición o de forma periódica hasta agotar el monto del crédito otorgado, directamente o a través del fideicomiso al que se refiere el artículo anterior, y la persona adulta mayor se obliga a garantizar hipotecando un inmueble de su propiedad en los términos de este capítulo. El capital prestado puede ser dispuesto por el adulto mayor de dos formas diferentes: en una sola exhibición o mediante pagos periódicos hasta agotar el monto del crédito otorgado. (ADICIÓN PUBLICADA EN LA GOCDMX EL 27 DE MARZO DE 2017)

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 432) ↗

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