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Artículo 2940 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Esta hipoteca sigue siendo válida y puede reclamarse, incluso si alguien más compra la propiedad, mientras la deuda no esté pagada y el registro siga activo. Solo deja de tener efecto si se cancela de forma oficial en el Registro Público. Así que no importa que el dueño venda el terreno, la hipoteca todavía afecta al inmueble.

Texto oficial

ARTÍCULO 2,940.- La hipoteca produce todos sus efectos jurídicos contra tercero mientras no sea cancelada su inscripción.

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 435) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.