Artículo 2949 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Puedes llegar a un acuerdo económico (transacción) sobre los derechos de dinero que te toquen por algo relacionado con tu estado civil, como una herencia o pensión. Pero ese acuerdo no significa que automáticamente adquieras ese estado civil, como el de hijo, cónyuge o heredero. En otras palabras, sí puedes negociar la lana, pero no te da el derecho a decir que eres familiar de alguien.
Texto oficial
ARTÍCULO 2,949.- Es válida la transacción sobre los derechos pecuniarios que de la declaración del estado civil pudieran deducirse a favor de una persona; pero la transacción, en tal caso, no importa la adquisición del estado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.