Artículo 2954 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una persona acepta un trato o arreglo (una transacción) porque pensaba que un documento o contrato (el título) era válido, pero resulta que ese documento no tiene validez legal (es nulo), entonces ese trato se puede cancelar. La excepción es que las dos partes hayan dicho claramente desde el principio que sabían que el documento no valía y aún así quisieron hacer el arreglo. En ese caso, el trato ya no se puede echar para atrás.
Texto oficial
ARTÍCULO 2,954.- Puede anularse la transacción cuando se hace en razón de un título nulo, a no ser que las partes hayan tratado expresamente de la nulidad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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