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Artículo 2954 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si una persona acepta un trato o arreglo (una transacción) porque pensaba que un documento o contrato (el título) era válido, pero resulta que ese documento no tiene validez legal (es nulo), entonces ese trato se puede cancelar. La excepción es que las dos partes hayan dicho claramente desde el principio que sabían que el documento no valía y aún así quisieron hacer el arreglo. En ese caso, el trato ya no se puede echar para atrás.

Texto oficial

ARTÍCULO 2,954.- Puede anularse la transacción cuando se hace en razón de un título nulo, a no ser que las partes hayan tratado expresamente de la nulidad.

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 437) ↗

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