Artículo 2989 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una empresa debe dinero a sus trabajadores por sueldos del último año o por indemnizaciones, los empleados no tienen que meterse en el proceso legal del concurso de acreedores (que es como una lista de quién le debe a quién). Solo necesitan ir con la autoridad correcta, como un juez o un tribunal laboral, y reclamar lo que se les debe. Cuando esa autoridad dé una resolución (una decisión oficial a su favor), se venderán bienes de la empresa para pagarles antes que a cualquier otra persona o deuda. Esto significa que los trabajadores tienen prioridad para cobrar su dinero.
Texto oficial
ARTÍCULO 2,989.- Los trabajadores no necesitan entrar al concurso para que se les paguen los créditos que tengan por salarios o sueldos devengados en el último año y por indemnizaciones. Deducirán su reclamación ante la autoridad que corresponda y en cumplimiento de la resolución que se dicte, se enajenarán los bienes que sean necesarios para que los créditos de que se trata se paguen preferentemente a cualesquiera otros.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.