Artículo 3 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cualquier ley, reglamento o regla que aplique a todos en la Ciudad de México empieza a ser obligatoria tres días después de que se publique en la Gaceta Oficial (que es como el periódico oficial del gobierno). Es decir, no te pueden exigir cumplirla el mismo día que sale publicada, sino que tienes que esperar esos tres días para que empiece a valer. Esta regla aplica a leyes, reglamentos, circulares o cualquier otro documento oficial que afecte a todos los habitantes.
Texto oficial
ARTÍCULO 3°.- Las leyes, reglamentos, circulares o cualesquiera otras disposiciones de observancia general para el Distrito Federal, obligan y surten sus efectos tres días después de su publicación en la Gaceta Oficial. (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 25 DE MAYO DE 2000)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.