Artículo 3064 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando se hace una anotación en un registro de propiedades, debe incluir toda la información necesaria para conectar esa nota con el terreno o departamento al que corresponde. También debe explicar claramente qué hecho se quiere demostrar con esa anotación, por ejemplo, que hay un juicio pendiente o un problema legal. Además, tiene que mencionar el papel o el documento oficial que justifica por qué se está haciendo esa anotación. En pocas palabras, todo debe quedar bien detallado para que no haya confusiones.
Texto oficial
ARTÍCULO 3,064.- Las anotaciones deberán contener las indicaciones para relacionar entre sí las fincas o asientos a que se refieren y, en su caso, el hecho que se trate de acreditar; y el documento en cuya virtud se extienda. (REFORMA PUBLICADA EN EL DOF EL 3 DE ENERO DE 1979)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.