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Artículo 323 TER del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los miembros de tu familia tienen derecho a vivir sin que nadie les haga daño, ya sea físico, emocional, económico o sexual. También están obligados a no hacer nada que cause violencia en el hogar. El gobierno y las instituciones deben ayudarlos y protegerlos siguiendo las leyes para prevenir y castigar la violencia familiar. Cuando haya un caso de violencia, especialmente contra mujeres, el juez o jueza debe actuar rápido y con cuidado para proteger a las víctimas y garantizar que se respeten sus derechos.

Texto oficial

ARTÍCULO 323 TER.- Los integrantes de la familia tienen derecho a desarrollarse en un ambiente de respeto a su integridad física, psicoemocional, económica y sexual y tienen la obligación de evitar conductas que generen violencia familiar. (REFORMA PUBLICADA EN LA GOCDMX EL 28 DE JUNIO DE 2024) Para tal efecto, contarán con la asistencia y protección de las instituciones públicas, de acuerdo a las leyes para combatir, prevenir y sancionar conductas de violencia familiar. (ADICIÒN PUBLICADA EN LA GOCDMX EL 28 DE JUNIO DE 2024) En los casos de violencia familiar y en particular violencia contra las mujeres la Jueza o Juez deberán actuar con la debida diligencia y expedirán de manera pronta y expedita todas las medidas necesarias para asegurar y garantizar a las víctimas, el goce de sus derechos humanos y sus libertades fundamentales. (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 17 DE ENERO DE 2007)

Ver ley oficial en el DOF (pág. 79) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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