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Artículo 328 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo simplemente dice que la ley que estaba antes ya no sirve, se eliminó por completo. Lo que hizo fue borrar una regla que ya no se necesitaba. La fecha que ves (25 de mayo de 2000) es el día en que se publicó oficialmente este cambio en el periódico del gobierno. Así que ya no debes tomar en cuenta lo que decía ese artículo.

Texto oficial

ARTÍCULO 328.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 25 DE MAYO DE 2000)

Ver ley oficial en el DOF (pág. 83) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.