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Artículo 334 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo solo dice que se DEROGÓ, es decir, que se eliminó o canceló por completo la ley o regla que estaba antes. Ya no tiene ningún efecto y no se debe aplicar. Es como si hubieran borrado esa parte de la ley y ya no existe.

Texto oficial

ARTÍCULO 334.- SE DEROGA

Ver ley oficial en el DOF (pág. 84) ↗

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