Artículo 354 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 354 ya no existe en la ley porque fue eliminado por una reforma que se publicó el 25 de mayo del año 2000. Cuando una ley dice que un artículo "se deroga", significa que ese artículo ya no tiene validez ni se debe aplicar. En otras palabras, ya no tienes que preocuparte por ese artículo porque fue quitado oficialmente.
Texto oficial
ARTÍCULO 354.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 25 DE MAYO DE 2000)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.