Artículo 392 BIS del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo solo dice que la ley que antes existía ya no es válida. La palabra "deroga" significa que se quitó o canceló oficialmente. Como si una regla que estaba en el periódico oficial de la ciudad dejara de aplicarse a partir del 15 de junio de 2011. Entonces, no hay nada que cumplir ni que entender aquí, solo que esa parte de la ley ya no sirve.
Texto oficial
ARTÍCULO 392 BIS.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 15 DE JUNIO DE 2011)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.