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Artículo 409 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 409 ya no existe como ley. Lo que dice es que fue derogado, o sea, cancelado y eliminado oficialmente desde el 25 de mayo del año 2000. Eso pasó cuando se publicó un cambio en la Gaceta Oficial del Distrito Federal (hoy Ciudad de México). En resumen, esa regla ya no tiene validez ni se aplica en ningún caso.

Texto oficial

ARTÍCULO 409.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 25 DE MAYO DE 2000)

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 98) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.