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Artículo 41 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las formas oficiales para actas de nacimiento, matrimonio, defunción, etc., las imprime y reparte el Jefe de Gobierno de la CDMX o la persona que él autorice. Estas formas se renuevan cada año. Los jueces del Registro Civil deben mandar al Archivo Central un juego de las formas del año anterior durante el primer mes del año nuevo. El otro juego de formas y sus papeles se quedan guardados en la oficina donde se usaron.

Texto oficial

ARTÍCULO 41.- Las Formas del Registro Civil serán expedidas por el Jefe del Gobierno del Distrito Federal o por quien él designe. Se renovarán cada año y los Jueces del Registro Civil remitirán en el transcurso del primer mes del año, un ejemplar de las Formas del Registro Civil del año inmediato anterior al Archivo de la Oficina Central del Registro Civil y el otro, con los documentos que le correspondan, quedará en el archivo de la oficina en que se haya actuado. (REFORMA PUBLICADA EN EL DOF EL 3 DE ENERO DE 1979)

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

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