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Artículo 432 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si una mamá o un papá renuncia a su derecho de usar algo (usufructo) para pasárselo a su hija o hijo, la ley lo ve como si fuera un regalo (donación). Eso significa que aplican las mismas reglas que cuando alguien te regala algo, como pagar impuestos si toca. En pocas palabras, aunque se llame "renuncia", para la ley es un regalo de padres a hijos.

Texto oficial

ARTÍCULO 432.- La renuncia del usufructo hecha en favor de la hija o hijo, se considera como donación. (REFORMA PUBLICADA EN LA GOCDMX EL 28 DE JUNIO DE 2024)

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 105) ↗

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