Artículo 444 BIS del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que cuando hay un divorcio, una separación o violencia en la familia, un juez puede limitar la patria potestad. La patria potestad son los derechos y obligaciones que tienes como papá o mamá para cuidar y educar a tus hijos. Limitarla significa que el juez decide que uno de los padres ya no podrá tomar todas las decisiones sobre los niños, como su educación o su salud. Todo esto se hace siguiendo lo que marca el Código Civil de la Ciudad de México.
Texto oficial
ARTÍCULO 444 BIS.- La patria potestad podrá ser limitada en los casos de divorcio o separación, o violencia familiar, tomando en cuenta lo que dispone este Código. (REFORMA PUBLICADA EN LA GOCDMX EL 28 DE JUNIO DE 2024)
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