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Artículo 444 BIS del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que cuando hay un divorcio, una separación o violencia en la familia, un juez puede limitar la patria potestad. La patria potestad son los derechos y obligaciones que tienes como papá o mamá para cuidar y educar a tus hijos. Limitarla significa que el juez decide que uno de los padres ya no podrá tomar todas las decisiones sobre los niños, como su educación o su salud. Todo esto se hace siguiendo lo que marca el Código Civil de la Ciudad de México.

Texto oficial

ARTÍCULO 444 BIS.- La patria potestad podrá ser limitada en los casos de divorcio o separación, o violencia familiar, tomando en cuenta lo que dispone este Código. (REFORMA PUBLICADA EN LA GOCDMX EL 28 DE JUNIO DE 2024)

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 109) ↗

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