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Artículo 484 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si hay varias personas de la familia que están en el mismo nivel de parentesco (por ejemplo, varios tíos), el juez va a escoger a la que considere más adecuada para ser el tutor del menor. Pero si el joven ya tiene 16 años o más, él mismo puede decidir quién quiere que sea su tutor, sin que el juez elija por él.

Texto oficial

ARTÍCULO 484.- Si hubiere varios parientes del mismo grado, el juez elegirá entre ellos al que le parezca más apto para el cargo; pero si el menor hubiere cumplido dieciséis años, él hará la elección.

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 117) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.