Artículo 512 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes una razón legal válida para no ser tutor, pero aceptas el cargo, ya no podrás usar esa excusa después. Al decir que sí, pierdes el derecho a alegar esa causa para renunciar más adelante. En otras palabras, si aceptas ser tutor aunque podrías haberte negado, la ley entiende que renunciaste a tu derecho a rechazar el puesto.
Texto oficial
ARTÍCULO 512.- Si el que teniendo excusa legítima para ser tutor acepta el cargo, renuncia por el mismo hecho a la excusa que le concede la ley.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.