Artículo 516 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres tutor porque el testador así lo decidió en su testamento, y luego te niegas a cumplir, perderás cualquier herencia o beneficio que te haya dejado específicamente por ser tutor. En pocas palabras, si aceptaste el cargo y después te echas para atrás, te quedas sin el regalo que te hizo por ese motivo.
Texto oficial
ARTÍCULO 516.- El tutor testamentario que se excuse de ejercer la tutela, perderá todo derecho a lo que le hubiere dejado el testador por este concepto.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.