Artículo 584 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un tutor (la persona encargada de cuidar a alguien que no puede valerse por sí mismo) maltrata al incapacitado, lo descuida o administra mal sus bienes, puede ser despedido de su cargo. Esto pasa cuando lo piden el curador (supervisor), los familiares del incapacitado, el Consejo Local de Tutelas o el Ministerio Público (como un fiscal). En pocas palabras, si el tutor no hace bien su trabajo, alguien más puede solicitar que lo quiten.
Texto oficial
ARTÍCULO 584.- En caso de maltratamiento, de negligencia en los cuidados debidos al incapacitado o a la administración de sus bienes, podrá el tutor ser removido de la tutela a petición del curador, de los parientes del incapacitado, del Consejo Local de Tutelas o del Ministerio Público.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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