Artículo 635 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 635 está derogado, o sea, ya no existe ni tiene validez. Fue eliminado oficialmente el 29 de noviembre de 2024 según una reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Como ya no está vigente, no debes tomarlo en cuenta para ningún trámite o asunto legal.
Texto oficial
ARTÍCULO 635.- SE DEROGA. (REFORMA PUBLICADA EN LA GOCDMX 29 DE NOVIEMBRE DE 2024)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.