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Artículo 737 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres proteger los bienes de tu familia como "patrimonio familiar" (algo que no se puede embargar ni vender fácilmente), necesitas cumplir con estos requisitos: Primero, demostrar que tú y tu familia son mexicanos. Segundo, comprobar que todos los integrantes saben hacer algún oficio o trabajo (como carpintería, costura, comercio, etc.). Tercero, mostrar que tienen las herramientas o equipos necesarios para ese trabajo. Cuarto, informar cuánto ganan al mes, para que se pueda calcular si podrán pagar el terreno donde pondrán el patrimonio. Quinto, demostrar que no tienen otras propiedades; si alguien prueba que ya tenían un terreno o casa antes, la protección del patrimonio se anula.

Texto oficial

ARTÍCULO 737.- La familia que desee constituir el patrimonio familiar con la clase de bienes que menciona el artículo 735, comprobará: (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 25 DE MAYO DE 2000) I.- Que son mexicanos; (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 25 DE MAYO DE 2000) II.- La aptitud de sus integrantes de desempeñar algún oficio, profesión, industria o comercio; (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 25 DE MAYO DE 2000) III.- Que poseen los instrumentos y demás objetos indispensables para ejercer la ocupación a que se dediquen; IV.- El promedio de sus ingresos, a fin de que se pueda calcular, con probabilidades de acierto, la posibilidad de pagar el precio del terreno que se le vende; V.- Que carece de bienes. Si el que tenga interés legítimo demuestra que quien constituyó el patrimonio era propietario de bienes raíces al constituirlo, se declarará nula la constitución del patrimonio.

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 158) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.