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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_5816/762
Ley
CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo
762

Artículo 762 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si en un testamento o un contrato alguien usa la palabra "muebles" o "bienes muebles" con un significado diferente al que marca la ley, se respeta lo que esa persona quiso decir en ese documento. O sea, no importa tanto la definición legal, sino lo que el testador o las partes acordaron con esas palabras. Esto aplica siempre y cuando se pueda entender claramente su intención al escribirlo.

Texto oficial

ARTÍCULO 762.- Cuando por la redacción de un testamento o de un convenio, se descubra que el testador o las partes contratantes han dado a las palabras muebles o bienes muebles una significación diversa de la fijada en los artículos anteriores, se estará a lo dispuesto en el testamento o convenio.

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 163) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.