Artículo 865 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los agricultores o campesinos tienen permiso para matar en cualquier momento a los animales salvajes o sin domesticar que dañen sus cosechas o siembras. Esto aplica solo cuando los animales estén causando un perjuicio real a los cultivos. No necesitan pedir permiso a nadie ni esperar un momento específico para hacerlo. Eso sí, la ley no dice que puedan hacerlo por cualquier otro motivo, solo cuando sus plantaciones estén en peligro.
Texto oficial
ARTÍCULO 865.- Es lícito a los labradores destruir en cualquier tiempo los animales bravíos o cerriles que perjudiquen sus cementeras o plantaciones.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.