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Artículo 881 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si encuentras un tesoro escondido en un terreno que no es tuyo, y lo hallaste porque hiciste excavaciones o trabajos sin pedir permiso al dueño, todo el tesoro es para el propietario del terreno, no para ti. O sea, si metiste mano sin autorización, no tienes derecho a quedarte ni con una parte del hallazgo. El dueño se lleva absolutamente todo.

Texto oficial

ARTÍCULO 881.- El tesoro descubierto en terreno ajeno, por obras practicadas sin consentimiento de su dueño, pertenece íntegramente a éste.

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 177) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.