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Artículo 923 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el dueño del objeto más importante actuó de mala fe (sabiendo que estaba mal o con intención de engañar), entonces el dueño del objeto secundario puede escoger entre dos opciones. La primera es que le paguen el valor de su objeto y además le cubran todos los daños y perjuicios que haya tenido. La segunda opción es que puede pedir que su objeto sea separado del otro, incluso si eso implica destruir el objeto más grande. Esto aplica solo cuando el dueño de la cosa principal hizo algo a propósito para salirse con la suya.

Texto oficial

ARTÍCULO 923.- Si el dueño de la cosa principal es el que ha procedido de mala fe, el que lo sea de la accesoria tendrá derecho a que aquél le pague su valor y le indemnice de los daños y perjuicios; o a que la cosa de su pertenencia se separe, aunque para ello haya de destruirse la principal.

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 182) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.