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Ley
CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo
980

Artículo 980 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El usufructo es un derecho que te permite usar y disfrutar de algo que no es tuyo, como una casa o un terreno, pero solo por un tiempo determinado. Por ejemplo, puedes vivir en una propiedad ajena o cosechar sus frutos, sin ser el dueño. Este derecho termina cuando se cumple el plazo acordado o al morir la persona que lo tiene. Es como un "préstamo" con beneficios, pero sin poder vender ni regalar el bien.

Texto oficial

ARTÍCULO 980.- El usufructo es el derecho real y temporal de disfrutar de los bienes ajenos.

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 189) ↗

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