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Ley
REGLAMENTO DE TRÁNSITO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
12

Artículo 12 del REGLAMENTO DE TRÁNSITO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Básicamente, no puedes usar tu coche para jalar o empujar a otro carro en la calle, a menos que uses una grúa. Solo hay tres excepciones: si el vehículo está diseñado para remolcar (como una camioneta con enganche), si el coche está bloqueando el tráfico, o si representa un peligro para alguien y solo lo mueves a un lugar seguro. Si te cachan haciendo esto sin cumplir con las reglas, te toca una multa de 10 a 20 veces la UMA (la Unidad de Medida y Actualización, que es un valor fijo que el gobierno actualiza cada año) y te quitan 3 puntos de tu licencia de manejar. Los autobuses y camiones de transporte público solo pueden ser remolcados con grúa, y los vehículos eléctricos o de bajas emisiones (VEMEPE) no pueden ni remolcar ni empujar absolutamente nada.

Texto oficial

Artículo 12.- Está prohibido remolcar o empujar otros vehículos motorizados si no es por medio de una grúa, excepto cuando: I. Se trate de remolques u otros vehículos expresamente diseñados para este fin; Los conductores que infrinjan la presente disposición serán sancionados con una multa equivalente a 10, 15 o 20 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente y tres puntos a la licencia para conducir. II. El vehículo se encuentre obstruyendo la circulación; y Los conductores que infrinjan la presente disposición serán sancionados con una multa equivalente a 10, 15 o 20 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente y tres puntos a la licencia para conducir. III. El vehículo a remolcar o empujar represente un peligro para sí o para terceros, en éste caso sólo se permitirá hasta ponerlo en un lugar seguro. Los conductores que infrinjan la presente disposición serán sancionados con una multa equivalente a 10, 15 o 20 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente y tres puntos a la licencia para conducir. Se exceptúan de lo anterior a los vehículos de transporte público en cualquiera de sus modalidades, que sólo podrán ser remolcados por una grúa. Derogado. IV. Tratándose de VEMEPE, queda prohibido remolcar o empujar otros vehículos no motorizados y motorizados, así como cualquier tipo de remolque o dispositivos de cualquier otro tipo de tracción.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DE TRÁNSITO DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 20) ↗

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