Artículo 20 del REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO DEL PERSONAL SUSTANTIVO DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo de Honor y Justicia es un grupo de personas de la Fiscalía que se encarga de revisar y resolver los casos donde un policía no cumple con sus obligaciones, ya sea trabajando o en su vida personal. Si el policía falla, este consejo le puede aplicar un castigo, como los que vienen en el Capítulo V de este reglamento. También revisa quejas o recomendaciones de organizaciones de derechos humanos, del control interno de la Fiscalía y de otras autoridades, cuando esas quejas fueron atendidas por quien corresponde.
Texto oficial
Artículo 20. El Consejo de Honor y Justicia es el órgano colegiado de la Fiscalía General encargado de conocer, sustanciar y resolver el Procedimiento Disciplinario por el incumplimiento de las obligaciones del personal policial, en el ejercicio o con motivo de sus funciones, dentro o fuera del servicio. Las sanciones que impondrá serán las previstas en el Capítulo V del presente Reglamento. De igual forma, conocerá de las solicitudes, recomendaciones o resoluciones que emitan la Comisión de Derechos Humanos, Nacional y las Estatales, el Órgano Interno de Control, la Dirección General de Derechos Humanos de la Fiscalía General y demás instancias y autoridades competentes, órganos de gobierno u órganos autónomos, federales, locales o municipales, en contra del personal policial, que hayan sido atendidas por autoridades con atribuciones para tal efecto.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.