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Ley
LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Artículo
111

Artículo 111 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las alcaldías son las responsables de llevar a cabo las acciones del Sistema de Protección Civil, como los planes y actividades para prevenir y atender desastres. La Secretaría (la autoridad estatal correspondiente) las va a apoyar y también a supervisar para que todo se haga bien, según lo que dice esta ley. En otras palabras, tu alcaldía hace el trabajo pesado, pero la Secretaría checa que esté bien hecho y le echa la mano si ocupa ayuda.

Texto oficial

Artículo 111. Las acciones operativas del Sistema, así como la ejecución de los planes y actividades contenidas en los instrumentos de la Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil, estarán a cargo de las Alcaldías, que serán apoyadas y supervisadas por la Secretaría, en los términos que establece la presente Ley.

Ver texto oficial de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO. (pág. 46) ↗

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