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Artículo 146 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando se acabe el dinero del FONADEN (que es el Fondo de Desastres de la Ciudad de México), el Gobierno de la Ciudad tiene la obligación de buscar dinero de otras partes de su presupuesto para cubrir los gastos del desastre que ya fue declarado oficialmente. Esto lo hará sin importar lo que digan otras leyes, pero siempre respetándolas también. En otras palabras, si el fondo especial ya no tiene lana, el gobierno debe moverle a su gasto para que no falte el apoyo.

Texto oficial

Artículo 146. En los casos en que los recursos del FONADEN se hayan agotado, sin perjuicio de lo establecido en la legislación vigente, el Gobierno de la Ciudad de México hará las transferencias de partidas que correspondan para cubrir el Desastre objeto de la Declaratoria. Artículo reformado G.O.CDMX 02/03/21

Ver ley oficial en el DOF (pág. 53) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.