Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_6028/151
- Ley
- LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
- Artículo
- 151
Artículo 151 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no sirve. Significa que fue eliminado del reglamento o la ley a la que pertenecía. Se quitó oficialmente desde el 2 de marzo de 2021, según lo publicó el Gobierno de la Ciudad de México. Así que ya no tienes que preocuparte por cumplir con lo que decía.
Texto oficial
Artículo 151. Se deroga. Artículo derogado G.O.CDMX 02/03/21
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.